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    D.O. Catalunya

    Descripción de la D.O. Catalunya

    Denominación de Origen de Cataluña Esta denominación, aprobada en 1999 por la Generalidad de Cataluña y ratificada por la Administración General del Estado en 2001, extiende su zona de producción prácticamente por toda la superficie de uva de vinificación de esa Comunidad Autónoma, si bien el número de hectáreas inscritas es mucho menor.

    Efectivamente la zona de producción integra a más de 330 municipios catalanes, pertenecientes a las cuatro provincias de esa Comunidad Autónoma, superponiéndose a las zonas de producción de las otras diez denominaciones de origen reconocidas hasta la fecha en Cataluña (Alella, Ampurdán-Casta Brava, Conca de Barberá, Costers del Segre, Montsant, Penedés, Pla de Bages, Priorato, Tarragona y Terra Alta), además de a toda la zona catalana de la Denominación Cava.

    Así mismo, las variedades admitidas para la elaboración de los vinos acogidos a esta D.O. son todas las reglamentariamente autorizadas en la Comunidad Autónoma de Cataluña, es decir 30 variedades, 16 de ellas blancas y 14 tintas.

    Como es de suponer, por tanto, esta denominación acoge a una gran variedad de vinos que han de responder a alguna de las siguientes categorías: blanco, tinto, rosado, de aguja y de licor. Pudiendo, los vinos tranquilos, haber experimentado o no, algún grado de envejecimiento. Pudiendo ostentar, según las condiciones y duración de ese proceso, las menciones 'crianza', 'reserva' o 'gran reserva'.

    Igualmente los vinos que ostenten la mención 'novel' se podrán comercializar a partir del 11 de noviembre del año de la cosecha indicándose éste. Y los que ostenten la mención 'joven' serán los comercializados a partir del 20 de diciembre del año de la cosecha que también habrá de aparecer en su presentación.

    Reglamento de la D.O. Catalunya

    O.M. Fecha
    O.M. 19-02-01 B.O.E. 1-03-01

    Variedades autorizadas de la D.O. Catalunya

    Blancas: Tintas:
    Chardonnay* Cabernet franco.*
    Garnacha blanca* Cabernet sauvignon.*
    Macabeo o Viura* Garnatxa tinta o lladoner.*
    Moscatel de Alejandría o Moscatel de Málaga.* Garnatxa peluda.*
    Parellada o Montonenc o Montonega* Merlot.*
    Riesling* Monastrell o Morastell o Garrut.*
    Sauvignon blanco* Pinot noir.*
    Xarel-lo o Cartoixá o Pansal o Pansa blanca.* Samsó o Crusilló o Mazuela.*
    Gewurztraminer. Trepat.*
    Malvasía o Subirat parent. Tempranillo.*
    Malvasía de Sitges o Malvasía grossa. Garnacha tintorera.
    Pedro Ximénez. Syrah
    Picapoll.  
       
    * Variedad preferente.

    Tipos de vino de la D.O. Catalunya

    Tipo de Vino Graduación alcohólica
    Blanco mín. 10 % vol.
    Rosado mín. 10,5 % vol.
    Tinto mín. 11,5 % vol.
    De aguja mín. 10,5 % vol.
    De licor mín. 15 % vol.
       
    Posibilidad de envejecimiento: SÍ.
    Menciones Condiciones de uso
    'Crianza', 'Reserva', 'Gran Reserva' Según normativa general.
    'Novel' Comercialización a partir del 11/XI del año de la cosecha e indicación de éste.
    'Joven' Comercialización a partir del 20/XII del año de la cosecha e indicación de éste.

    Datos sobre el Consejo Regulador de la D.O. Catalunya

    Nombre Consejo Regulador de la D.O. 'CATALUÑA'
    Dirección Pº Sunyer, 4-6
      43202 - REUS (Tarragona)
    Teléfono: 977/32.81.03
    Fax: 977/32.13.57
    Email: mailto:info@do-catalunya.com
    Pábina Web http://www.do-catalunya.com